30 setiembre 2007

Programa Nº 11/07: Masonería y Catolicismo

Muy buenas noches. Bienvenidos al programa Nº 11 del segundo ciclo de “Verdades de Fe”. Este programa es transmitido por Radio María Uruguay desde Florida, Melo, Tacuarembó y San José y también a través de Internet. Estaré dialogando con ustedes durante media hora.
El programa de hoy estará referido a la incompatibilidad entre la masonería y el catolicismo.
Comenzaremos con una exposición del tema basada en gran parte en un artículo publicado en Aciprensa, titulado “¿Por qué un católico no puede ser masón?”.
A lo largo de su historia la Iglesia católica ha condenado y desaconsejado a sus fieles la pertenencia a asociaciones contrarias a la fe cristiana o que podían poner en peligro esa fe. Entre estas asociaciones se encuentra la masonería.
Actualmente, la legislación se rige por el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II el 25 de enero de 1983, que, en su canon 1374, señala:
"Quien se inscribe en una asociación que maquina contra la Iglesia debe ser castigado con una pena justa; quien promueve o dirige esa asociación ha de ser castigado con entredicho".
Esta nueva redacción, sin embargo, supuso novedades respecto al Código de 1917: la pena no es automática y no se menciona expresamente a la masonería como asociación que conspira contra la Iglesia.
Previendo posibles confusiones, un día antes de que entrara en vigor la nueva ley eclesiástica del año 1983, fue publicada una declaración firmada por el Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe. En ella se señala que el criterio de la Iglesia no ha variado en absoluto con respecto a las anteriores declaraciones, y la nominación expresa de la masonería se había omitido por incluirla junto a otras asociaciones. Se indica, además, que los principios de la masonería siguen siendo incompatibles con la doctrina de la Iglesia, y que los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas no pueden acceder a la Sagrada Comunión.
La Iglesia ha condenado siempre la masonería. En el siglo XVIII los Papas lo hicieron con mucha fuerza, y en el XIX persistieron en ello. En el Código de Derecho Canónico de 1917 se excomulgaba a los católicos que dieran su nombre a la masonería, y en el de 1983 el canon de la excomunión desaparece, junto con la mención explícita de la masonería, lo que ha podido crear en algunos la falsa opinión de que la Iglesia poco menos que aprueba a la masonería.
Es difícil hallar un tema sobre el que las autoridades de la Iglesia católica se hayan pronunciado tan reiteradamente como en el de la masonería: desde 1738 a 1980 se conservan no menos de 371 documentos sobre la masonería, a los que hay que añadir las abundantes intervenciones de los dicasterios de la Curia Romana y, a partir sobre todo del Concilio Vaticano II, las no menos numerosas declaraciones de las Conferencias Episcopales y de los obispos de todo el mundo. Todo ello está indicando que nos encontramos ante una cuestión importante.
Casi desde su aparición, la masonería generó preocupaciones en la Iglesia. Clemente XII, en "In eminenti", había condenado a la masonería. Más tarde, León XIII, en su encíclica "Humanum genus", de 20 de abril de 1884, la calificaba de organización secreta, enemigo astuto y calculador, negadora de los principios fundamentales de la doctrina de la Iglesia.
El canon 2335 del Código de Derecho Canónico de 1917 establecía que "los que dan su nombre a la secta masónica, o a otras asociaciones del mismo género, que maquinan contra la Iglesia o contra las potestades civiles legítimas, incurren ipso facto en excomunión simplemente reservada a la Sede Apostólica".
Este delito consistía en primer lugar en dar el nombre o inscribirse en determinadas asociaciones. En segundo lugar, la inscripción se debía realizar en alguna asociación que maquinase contra la Iglesia: se entendía que maquinaba aquella sociedad que, por su propio fin, ejerce una actividad rebelde y subversiva o las favorece, ya por la propia acción de los miembros, ya por la propagación de la doctrina subversiva; que, de forma oral o por escrito, actúa para destruir la Iglesia, esto es, su doctrina, autoridades en cuanto tales, derechos, o la legítima potestad civil. En tercer lugar, las sociedades penalizadas eran la masonería y otras del mismo género, con lo cual el Código de Derecho Canónico establecía una clara distinción: mientras que el ingreso en la masonería era castigado automáticamente con la pena de excomunión, la pertenencia a otras asociaciones tenía que ser explícitamente declarada como delictiva por la autoridad eclesiástica en cada caso.
Algunos de los motivos que fundamentaron la condena de la masonería por parte de la Iglesia católica fueron el carácter secreto de la organización, el juramento que garantizaba ese carácter oculto de sus actividades y los complots perturbadores que la masonería llevaba a cabo en contra de la Iglesia y los legítimos poderes civiles. La pena establecía directamente la excomunión, estableciéndose además una pena especial para los clérigos y los religiosos en el canon 2336.
También se recordaban las condiciones establecidas para proceder a la absolución de esta excomunión, que consistían en el alejamiento y la separación de la masonería, reparación del escándalo del mejor modo posible, y cumplimiento de la penitencia impuesta.
Las consecuencias de la excomunión incluían, por ejemplo, la privación de la sepultura eclesiástica y de cualquier misa exequial, de ser padrinos de bautismo, de confirmación, de no ser admitidos en el noviciado, y el consejo -en este caso a las mujeres- de no contraer matrimonio con masones, así como la prohibición al párroco de asistir a las nupcias sin consultar con el Ordinario.
A partir de la celebración del Concilio Vaticano II, se dio un incipiente diálogo entre masones y católicos. En algunos países (sobre todo Francia, Países Escandinavos, Inglaterra, Brasil o Estados Unidos) se empezó a cuestionar la actitud católica ante la masonería, revisando desde la historia los motivos que llevaron a la Iglesia a adoptar su actitud condenatoria y pretendiendo que se hiciera una mayor distinción entre la masonería regular, ortodoxa, tradicional, religiosa y aparentemente apolítica, y la masonería irregular, irreligiosa, política y heterodoxa.
Estos motivos y las más o menos constantes peticiones llegadas de varias partes del mundo a Roma, diálogos y debates, hicieron que, entre 1974 y 1983, la Congregación para la Doctrina de la Fe retomase los estudios sobre la masonería y publicase tres documentos que supusieron una nueva interpretación del canon 2335. En este ambiente de cambios, no extraña que el cardenal Krol, arzobispo de Filadelfia, preguntase a la Congregación para la Doctrina de la Santa Fe si la excomunión para los católicos que se afiliaban a la masonería seguía estando en vigor. La respuesta a su pregunta la dio la Congregación a través de su Prefecto, en una carta de 19 de julio de 1974. En ella se explica que, durante un amplio examen de la situación, se había hallado una gran divergencia en las opiniones, según los países. La Sede Apostólica no creía oportuno, consecuentemente, elaborar una modificación de la legislación vigente hasta que se promulgara el nuevo Código de Derecho Canónico. Se advertía, sin embargo, en la carta, que existían casos particulares, pero que continuaba la misma pena para aquellos católicos que diesen su nombre a asociaciones que realmente maquinasen contra la Iglesia, mientras que para los clérigos, religiosos y miembros de institutos seculares seguía rigiendo la prohibición expresa para su afiliación a cualquiera de las asociaciones masónicas.
Las dudas no tardaron en plantearse: ¿cuál era el criterio para verificar si una asociación masónica conspiraba o no contra la Iglesia?; y ¿qué sentido y extensión debía darse a la expresión conspirar contra la Iglesia?
Esta situación algo confusa comenzó a ser aclarada por la declaración del 28 de abril de 1980 de la Conferencia Episcopal Alemana sobre la pertenencia de los católicos a la masonería. Esta declaración explicaba que, durante los años 1974 y 1980, se habían mantenido numerosos coloquios oficiales entre católicos y masones; que por parte católica se habían examinado los rituales masónicos de los tres primeros grados; y que los obispos católicos habían llegado a la conclusión de que había oposiciones fundamentales e insuperables entre ambas partes:
"La masonería -decían los obispos alemanes- no ha cambiado en su esencia. La pertenencia a la misma cuestiona los fundamentos de la existencia cristiana." Las principales razones alegadas para ello fueron las siguientes: la cosmología o visión del mundo de los masones es relativista y subjetivista y no se puede armonizar con la fe cristiana; el concepto de verdad es, asimismo, relativista, negando la posibilidad de un conocimiento objetivo de la verdad, lo que no es compatible con el concepto católico; también el concepto de religión es relativista y no coincide con la convicción fundamental del cristianismo. El concepto masónico de Dios, simbolizado a través del "Gran Arquitecto del Universo" es de tipo deísta. Este concepto está transido de relativismo, lo cual mina los fundamentos de la concepción de Dios de los católicos. Según la doctrina masónica, no hay ningún conocimiento objetivo de Dios en el sentido del Dios personal del monoteísmo.
El 17 de febrero de 1981, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una declaración en la que afirma de nuevo la excomunión para los católicos que den su nombre a la secta masónica y a otras asociaciones del mismo género, con lo cual, la actitud de la Iglesia acerca de la masonería permanece invariable hasta nuestros días.

A continuación leeremos la última “Declaración sobre la Masonería” de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
"Se ha presentado la pregunta de si ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la masonería, ya que en el nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.
Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción, seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.
Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones masónicas se hallan en estado de pecado grave y no pueden acercarse a la santa comunión.
No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique.
Roma, en la sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983."
Esta Declaración está firmada por el Cardenal Prefecto Joseph Ratzinger, actual Papa Benedicto XVI.

Ahora haremos unos minutos de pausa para escuchar música.
INTERVALO MUSICAL

Continuamos el programa Nº 11 del ciclo 2007 de “Verdades de Fe”, transmitido por Radio María Uruguay. Los invito a llamar al teléfono (035) 20535 para plantear sus comentarios o consultas.
Nuestro programa de hoy está dedicado a la incompatibilidad entre la masonería y el catolicismo.
A continuación leeremos un artículo publicado el 23 de febrero de 1985 en la página 1 de la edición italiana de L’Osservatore Romano, en el cual se reflexiona sobre la imposibilidad de conciliar la fe cristiana con la masonería.

“El 26 de noviembre de 1983 la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una declaración sobre las asociaciones masónicas. A poco más de un año de su publicación puede ser útil ilustrar brevemente el significado de este documento.
Desde que la Iglesia comenzó a pronunciarse acerca de la Masonería, su juicio negativo sobre ésta ha estado inspirado en múltiples razones, prácticas y doctrinales. La Iglesia no ha juzgado a la Masonería solamente por ser responsable de actividad subversiva en contra suya, sino que desde los primeros documentos pontificios sobre la materia, en particular en la Encíclica Humanum genus de León XIII (20-4-1884), el Magisterio de la Iglesia ha denunciado en la Masonería ideas filosóficas y concepciones morales opuestas a la doctrina católica. Para León XIII se trataba esencialmente de un naturalismo racionalista, inspirador de sus planes y de sus actividades en contra de la Iglesia. En su carta al pueblo italiano Custodi (8-12-1892) escribía: «Recordemos que el cristianismo y la Masonería son esencialmente inconciliables, al punto de que inscribirse en una significa separarse del otro».
No se podía, por tanto, dejar de tomar en consideración las posiciones de la Masonería desde el punto de vista doctrinal, cuando en los años 1970-1980 la S. Congregación mantenía correspondencia con algunas conferencias episcopales particularmente interesadas en este problema, con motivo del diálogo sostenido entre personalidades católicas y representantes de algunas logias que se declaraban no hostiles o incluso favorables a la Iglesia.
Un estudio más a fondo ha llevado a la S. Congregación para la Doctrina de la Fe a reafirmarse en la convicción de la imposibilidad de fondo para conciliar los principios de la Masonería y los de la fe cristiana.
Prescindiendo, por lo tanto, de la consideración del comportamiento práctico de las diversas logias, de la hostilidad al menos en la confrontación con la Iglesia, la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, con su declaración del 26-11-83, ha intentado colocarse en el nivel más profundo y, por otra parte, esencial del problema: esto es, en el plano de la imposibilidad de conciliar los principios, y lo que ello significa en el plano de la fe y de sus exigencias morales.
Partiendo de este punto de vista doctrinal, en continuidad con la posición tradicional de la Iglesia -como lo testimonian los documentos de León XIII arriba citados-, se derivan seguidamente las necesarias consecuencias prácticas, que valen para todos aquellos fieles que eventualmente estuvieren inscritos en la Masonería.
En algunos sectores se ha dado por objetar, respecto de las afirmaciones sobre la imposibilidad de conciliar los principios, que sería esencial a la Masonería precisamente el hecho de no imponer ningún «principio», en el sentido de una posición filosófica o religiosa que sea obligatoria para todos sus miembros, sino por el contrario de acoger a todos, más allá de los límites de las diversas religiones y visiones del mundo, hombres de buena voluntad basados en valores humanos comprensibles y aceptados por todos.
La Masonería constituiría un punto de cohesión para todos aquellos que creen en el Arquitecto del universo y se sienten comprometidos en la lucha por aquellos ordenamientos morales fundamentales que están definidos por ejemplo en el decálogo; la Masonería no alejaría a nadie de su religión, sino por el contrario constituiría un incentivo para un mayor compromiso.
Los múltiples problemas históricos y filosóficos que se esconden en tales afirmaciones no pueden ser discutidos aquí. Después del Concilio Vaticano II ciertamente no es necesario subrayar que la Iglesia Católica alienta una colaboración entre todos los hombres de buena voluntad. Sin embargo, asociarse a la Masonería va evidentemente más allá de esta legítima colaboración y tiene un significado de mucha mayor relevancia y especificidad.
Antes que nada se debe recordar que la comunidad de los «Liberi Muratori» y sus obligaciones morales se presentan como un sistema progresivo de símbolos de carácter extremadamente impositivo. La rígida disciplina del secreto que allí domina refuerza a la postre el peso de la interacción de signos e ideas. Para los inscritos este clima reservado comporta, entre otras cosas, el riesgo de terminar siendo un instrumento de estrategias para ellos desconocidas.
Incluso si se afirma que el relativismo no se asume como un dogma, sin embargo se propone de hecho una concesión simbólica relativista, y por lo tanto el valor relativizante de tal comunidad moral-ritual, lejos de poder ser eliminado, resulta por el contrario determinante.
En tal contexto, las diversas comunidades religiosas a las que pertenecen los miembros de las logias no pueden ser consideradas sino como simples institucionalizaciones de un anillo más amplio e inasible. El valor de esta institucionalización se muestra, por tanto, inevitablemente relativo, respecto a esta verdad más amplia, la cual se manifiesta más fácilmente en la comunidad de la buena voluntad, esto es en la fraternidad masónica.
Aun así, para un cristiano católico no es posible vivir su relación con Dios de una manera doble, es decir, escindiéndola en una forma humanitario-supraconfesional y en una forma interior-cristiana. Éste no puede cultivar relaciones de dos tipos con Dios, ni expresar su relación con el Creador por medio de formas simbólicas de dos especies. Ello sería algo completamente distinto a aquella colaboración, que le es obvia, con todos aquellos que están comprometidos en la realización del bien, aunque partan de principios diversos. Por otro lado, un cristiano católico no puede al mismo tiempo participar de la plena comunión de la fraternidad cristiana y, por otra parte, mirar a su hermano cristiano, desde la perspectiva masónica, como a un «profano».
Incluso si, como ya se ha dicho, no hubiese una obligación explícita de profesar el relativismo como doctrina, aún así la fuerza relativizante de una tal fraternidad, por su misma lógica intrínseca, tiene en sí la capacidad de transformar la estructura del acto de fe de un modo tan radical que no sea aceptable por parte de un cristiano «que ama su fe».
Este trastorno en la estructura fundamental del acto de fe se da, además, usualmente de un modo suave y sin ser advertido: la sólida adhesión a la verdad de Dios, revelada en la Iglesia, se convierte en una simple pertenencia a una institución, considerada como una forma representativa particular junto con otras formas representativas, a su vez más o menos posibles y válidas, de cómo el ser humano se orienta hacia las realidades eternas.
La tentación de ir en esta dirección es hoy tanto más fuerte cuanto que ésta corresponde plenamente a ciertas convicciones predominantes en la mentalidad contemporánea. La opinión de que la verdad no puede ser conocida es característica de su crisis general.
Precisamente considerando todos estos elementos, la declaración de la S. Congregación afirma que la inscripción en la masonería «permanece prohibida por la Iglesia» y los fieles que se inscriben en ella «están en estado de pecado grave y no pueden acceder a la Santa Comunión».
Con esta última expresión, la S. Congregación indica a los fieles que tal inscripción constituye objetivamente un pecado grave y, precisando que los que se adhieren a una asociación Masónica no pueden acceder a la S. Comunión, quiere iluminar la conciencia de los fieles sobre una grave consecuencia a la que deben llegar en caso de adherirse a una logia masónica.
La S. Congregación declara, finalmente, que «no le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido». Con este fin el texto hace también referencia a la declaración del 17 de febrero de 1981, que ya reservaba a la Sede Apostólica todo pronunciamiento sobre la naturaleza de estas asociaciones que implicase la derogación de la ley canónica entonces vigente (can. 2335).
Igualmente, el nuevo documento emitido por la S. Congregación para la Doctrina de la Fe en noviembre de 1983 expresa idénticas intenciones de reserva en relación a pronunciamientos que no coincidan con el juicio aquí formulado sobre la imposibilidad de conciliar los principios de la masonería con la fe católica, sobre la gravedad del acto de inscribirse en una logia y sobre la consecuencia que de ello se derive para el acceso a la Santa Comunión. Esta disposición indica que, no obstante la diversidad que pueda subsistir entre las obediencias masónicas, en particular en cuanto a su postura declarada hacia la Iglesia, la Sede Apostólica vuelve a encontrar en ellos principios comunes que piden una misma valoración por parte de todas autoridades eclesiásticas.
Al hacer esta declaración, la S. Congregación para la Doctrina de la Fe no ha pretendido desconocer los esfuerzos realizados por quienes, con la debida autorización de este dicasterio, han buscado establecer un diálogo con representantes de la Masonería. Pero, desde el momento en que existía la posibilidad de que se difundiese entre los fieles la errada opinión de que ahora ya era lícita la adhesión a una logia masónica, ha considerado como su deber hacer de su conocimiento el pensamiento auténtico de la Iglesia sobre este asunto y ponerlos en guardia ante una pertenencia incompatible con la fe católica.
En efecto, sólo Jesucristo es el Maestro de la Verdad y sólo en Él pueden los cristianos encontrar la luz y la fuerza para vivir según el designio de Dios, trabajando por el verdadero bien de sus hermanos."

Querido amigo, querida amiga:
Espero que estas reflexiones te hayan ayudado a comprender que existe una incompatibilidad de fondo entre la masonería y el catolicismo.
Por la intercesión de la Bienaventurada Virgen María, Sede de la Sabiduría, ruego a Dios que te haga conocer la amplitud y el esplendor la verdad revelada por Jesucristo, Palabra de Dios hecha carne para la salvación de los hombres.
Dando fin al programa Nº 11 del segundo ciclo de “Verdades de Fe”, me despido hasta la semana próxima. Que la paz y la alegría de Nuestro Señor Jesucristo, el Resucitado, estén contigo y con tu familia.

Daniel Iglesias Grèzes
24 de septiembre de 2007.

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